El ITLOS dictará la sentencia el próximo 25 de mayo

El ITLOS dictará la sentencia el próximo 25 de mayo

Ukrinform
El Tribunal Internacional para el Derecho del Mar, que ha escuchado hoy 10 de mayo la demanda de Ucrania contra la Federación Rusa sobre el hecho de la incautación ilegal de tres buques de guerra ucranianos y sus tripulaciones, anunciará su decisión el 25 de mayo. 

Así lo dijo el presidente del ITLOS, Jin-Hyun Paik, informa un corresponsal de Ukrinform. 

“La decisión se anunciará el 25 de mayo”, dijo Paik. 

Al final de las audiencias, la viceministra de Asuntos Extranjeros y Agente de Ucrania, Olena Zerkal, declaró las demandas de Ucrania: exigir que la Federación Rusa libere inmediatamente los buques y los devuelve a Ucrania; suspender el procedimiento penal contra 24 militares ucranianos detenidos y abstenerse de iniciar un nuevo proceso contra ellos; liberar a los militares detenidos y permitirles regresar a Ucrania. 

Además de Zerkal, en las audiencias del caso No.26, intervinieron cuatro abogados: Marney Cheek, Jonathan Gimblett, Jean-Marc Thouvenin y Alfred H. Soons. 

Rusia se negó a participar en las audiencias. 

Según lo dispuesto en la demanda de Ucrania del 16 de abril de 2018, “la Federación rusa tomó el control y detuvo a tres buques de guerra ucranianos: “Berdiansk”, “Nikopol” y “Yani Kapu”, y 24 militares; en el momento de su detención, los buques ucranianos se encontraban en el mar negro dirigiéndose a su puerto en Odesa. En la solicitud de medidas provisionales, Ucrania alega que la Federación Rusa violó “la inmunidad soberana de los buques de guerra, los buques auxiliares de la Marina, sus pasajeros y miembros de la tripulación de conformidad con los artículos 32, 58, 95 y 96 de la Convención y  el derecho internacional consuetudinario", dice un comunicado del Tribunal. 

Con una notificación enviada a la Federación Rusa el 1 de abril de 2019, Ucrania remitió la disputa a arbitraje, como se establece en el Anexo VII de la Convención. De conformidad con el párrafo 5 del artículo 290 de la Convención, antes de que se constituya un tribunal arbitral, cualquiera de las partes en una controversia puede solicitar al Tribunal Internacional para el Derecho del Mar que prescriba las medidas provisionales para preservar los derechos pertinentes de las partes en la controversia o para prevenir daños graves al medio marino. El tribunal puede prescribir medidas provisionales si considera que el tribunal arbitral que se establecerá tiene jurisdicción y que esto requiere una urgencia de la situación. 

SM


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